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El Ayuntamiento de València desbloquea la licencia de obras para construir un hotel-restaurante en la calle Roteros.

El edificio albergó durante los años 90 la conocida discoteca Casa Vella.

Casi seis años después, el Ayuntamiento de València ha desbloqueado la licencia de obras para construir un hotel en la calle Roteros. Se trata de un edificio situado en los números 23 y 25 de esta calle de Ciutat Vella, que albergó durante los años 90 la añorada discoteca Casa Vella.

La primera petición de licencia de obras la solicitó el 30 de mayo de 2017 la mercantil Fillol Roteros S.L, para convertir ese espacio en un hotel con 72 habitaciones y restaurante de uso exclusivo para clientes.

Tras años de tiras y aflojas entre la promotora y los servicios municipales, al tratarse de inmuebles protegidos (el edificio Casa Vella sito en C/Roteros nº25 con protección parcial y declarado Bien de Relevancia Local; y el de la calle Roteros nº23 con nivel de protección 3), el Ayuntamiento ya ha concedido esa licencia, según consta en una resolución a la que ha tenido acceso la Cadena SER,

Según consta en la resolución, las obras mantendrán «dos núcleos verticales» donde «se distribuyen 72 habitaciones entre las plantas 1ª a 5ª, de ellas 3 adaptadas. La planta baja queda reservada para las zonas comunes del hotel, el hall y la recepción, zona de aguas con gimnasio, zona de servicios e instalaciones y restaurante de uso exclusivo. Por ultimo, en planta quinta, además, se encuentran los cuartos de instalaciones bajo la cubierta inclinada y zonas de aseos y vestuarios».

Eso sí, el consistorio condiciona el inicio de las obras a que se presente cierta documentación, por ejemplo, un «estudio de gestión de residuos de construcción y demolición», «un escrito en el que se comprometa a no utilizar la construcción hasta que no esté concluida la obra de urbanización», un «estudio de Seguridad y Salud» y un «acta de replanteo debidamente suscrita por todas las partes implicadas en la obra».

Las obras «deberán iniciarse en el plazo de seis meses y finalizarse en el plazo de 24 meses, para las que se podrán permitir interrupciones en dichos plazos que no podrán exceder, en total, los 6 meses, todo ello sin perjuicio de la posibilidad de conceder las prórrogas correspondientes en los términos previstos en la normativa».

Además, no se podrán instalar por encima de la altura autorizada elementos como antenas, pararrayos, chimeneas, equipos de aire acondicionado, cajas de ascensores, carteles, remates decorativos (carteles, iluminación etc.) o cualquier añadido sobre los mismos, así como los medios auxiliares que puedan ser necesarios durante la instalación de la grúa torre.